El valor de las casas en España sube a un ritmo interanual del 3,8%, mientras que en la Eurozona este incremento se sitúa en el 2,9%

Tecnocasa: El precio de la vivienda de segunda mano crece un 8%

Tinsa: La vivienda continúa remontando el vuelo (2,9%)

 

Los precios de la vivienda en el conjunto de la zona euro experimentaron una subida del 2,9% interanual en el segundo trimestre de 2016, según datos de Eurostat, que confirma que en España los inmuebles se encarecieron un 3,8% en el mismo periodo, casi un punto más que en la media de la Eurozona.

El aumento del precio en la zona euro en el segundo trimestre es similar al incremento del 3,1% interanual experimentado durante el primer trimestre, subida que constituyó el mayor aumento interanual desde el primer trimestre de 2008.

En datos trimestrales, la subida de la vivienda en la zona euro entre abril y junio repuntó un 1,4%, un incremento muy superior al registrado en los últimos cuatro trimestres. Así, en el primer trimestre aumentó un 0,5%, y en los últimos dos trimestres de 2015 los precios crecieron un 0,9% y un 0,1%, respectivamente.

Entre los países cuyos datos estaban disponibles, las mayores subidas interanualesdel precio de la vivienda se registraron en Hungría y Letonia (ambos con un incremento del 10,3%), Austria (9%), Reino Unido (8,8%) Y Suecia (8,7%), mientras se observaron bajadas de precios en Chipre (-8,9%) e Italia (-1,4%).

En comparación con el trimestre anterior, la mayor subida del precio de la vivienda correspondió a Letonia (6,6%), seguido de Estonia, Lituania y Portugal (4,2% en los tres casos) y Reino Unido (3%), mientras las bajadas más notables se registraron en Chipre y Croacia (-3,4% en ambos), Italia (-0,4%) y Hungría (-0,2%).

En España los precios de la vivienda aumentaron un 3,8% en tasa interanual durante el segundo trimestre del año, frente al alza del 6,3% que experimentaron en segundo tramo de 2016. En tasa trimestral, repuntaron un 1,8%, también por encima del 1,4% del trimestre precedente.

Fuente El Mundo.es

http://www.elmundo.es/economia/2016/10/12/57fe1869e2704ed04f8b4597.html

 

Los inmuebles situados en las capitales y grandes ciudades, islas Canarias y Baleares registraron un mejor comportamiento con respecto a 2015

El precio de la vivienda continúa al galope y sube ya a un ritmo del 6,9%

La vivienda terminada (nueva y usada) ha mantenido el buen tono durante el mes de junio. El precio medio en España se incrementó un 1,5% respecto a junio de 2015, según el índice Tinsa IMIE General y Grandes Mercados. Las «capitales y grandes ciudades» y el grupo «Baleares y Canarias» fueron las zonas que más se revalorizaron el mes pasado hasta situar su precio un 3,6% y un 1,8% por encima de los valores de hace un año, respectivamente.

El índice Tinsa IMIE General y Grandes Mercados, que se calcula a partir de lastasaciones realizadas por la compañía a vivienda terminada, recoge cada mes la variación interanual del valor de una vivienda y su nivel respecto al año 2001 (base 1.000). Los números absolutos corresponden al valor del índice, no representan en ningún caso el precio por metro cuadrado de las viviendas.

Frente al crecimiento interanual en el precio medio de las capitales y las islas, la estabilización predomina en la «Costa mediterránea» y en las localidades más pequeñas («Resto de municipios»), que se encarecieron en ambas zonas un 0,3% respecto a junio de 2015. El grupo «Áreas metropolitanas» fue el único que mantuvo el mes pasado un precio inferior al de hace un año (-1,3%).

Evolución semestral

Si se analiza cómo ha variado el precio en lo que llevamos de 2016 (entre enero y junio), el grupo «Baleares y Canarias» es el más dinámico entre los cinco subíndices analizados, con un crecimiento acumulado del 8,7% en el primer semestre del año, seguido de «Capitales y grandes ciudades», con una revaloración del 3% en estos seis primeros meses, y «Resto de municipios», con un 2,3%. El precio se ha mantenido estable en el balance de la primera mitad del año en el grupo «Costa mediterránea» (-0,8%), mientras que las «Áreas metropolitanas» arrastran un ajuste a la baja del 1,3% entre enero y junio.

Variación de máximos

El descenso del precio medio en España desde máximos de 2007 se situó en junio en el 41%. El subíndice «Baleares y Canarias» modera la caída acumulada en los últimos ocho años hasta el 26,7%. También muestra un descenso por debajo de la media «Resto de municipios» (-36,8%). Por encima se sitúan «Costa mediterránea», que con un descenso del 48,5% se mantiene como la zona más castigada durante la crisis, seguida de «Capitales y grandes ciudades», que reduce el ajuste al 43,8%, y las «Áreas metropolitanas», que lo aumenta hasta el 45,8%.

Fuente: elmundo.es

http://www.elmundo.es/economia/2016/07/08/577f5959e2704e5b258b45cd.html

La Junta ha aprobado un nuevo decreto que regula la actividad de este tipo de alojamientos. El sector calcula que hay unos 80.000 en toda la comunidad, aunque no son cifras oficiales por la dificultad de cuantificar el «mercado negro». Entre los requisitos obligatorios destacan lso relacionados con la refrigeración de las viviendas, su capacidad, la limpieza, el mobiliario…

«Casa de tres habitaciones en el centro de Sevilla, 140 euros por persona y noche». Ofertas como esta, fácilmente localizables en internet, comenzarán a estar reguladas una vez que entre en vigor el nuevo decreto sobre viviendas turísticas en entornos urbanos de Andalucía, aprobado este martes por la Junta.

Se calcula que en Andalucía hay unas 80.000 viviendas turísticasUna norma que viene a cubrir el vacío legal en el que se encontraban los aproximadamente 80.000 inmuebles turísticos (unas 400.000 plazas) que hay en la región, cifras que ofrece el sector y que el Gobierno andaluz reconoce que no son oficiales por la dificultad de cuantificar el «mercado negro».

Estas son las claves de la normativa. Objetivos. La Junta pretende con este decreto evitar el fraude, la clandestinidad y la competencia desleal, además de garantizar los derechos de los usuarios. Definición. La norma considera que una vivienda turística es aquella que se ubica en suelo residencial y ofrece alojamiento «de manera habitual y con fines turísticos», mediante el establecimiento de un precio, con comercialización a través de canales como agencias de viaje, empresas mediadoras y medios que incluyen la posibilidad de reservar.

Registro. Los propietarios estarán obligados a inscribir la vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía. Los inmuebles no censados serán considerados como clandestinos. Registro de viajeros. Asimismo, los dueños deberán llevar al día un registro de viajeros, lo que permitirá, según el Gobierno andaluz, «garantizar la seguridad pública».

Requisitos mínimos. Además de contar con la licencia de ocupación correspondiente, las viviendas turísticas tendrán que cumplir unos mínimos en cuanto a ventilación exterior e interior (la norma obliga a poner aire acondicionado en habitaciones y salones de mayo a septiembre), mobiliario, menaje y ropa de cama, limpieza a la entrada y salida de los turistas, tener un botiquín de primeros auxilios, hojas de reclamaciones, información turística y un teléfono de atención para incidencias durante la estancia. Los dueños tendrán tres meses para inscribir sus viviendas turísticas en el registro de la JuntaCapacidad.

Será, en todos los casos, de cuatro personas como mucho por habitación. Aunque el nuevo decreto distingue entre viviendas que se alquilan completas, cuya capacidad máxima será de 15 personas; y las que se alquilan por habitaciones, con un máximo de seis y donde, obligatoriamente, tendrá que residir el propietario.

Plazos. Los propietarios tendrán un plazo de tres meses para censar su vivienda turística desde que el decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), en los próximos días. Una vez registrada, y en caso de que tengan que realizar alguna obra estructural para adecuarse a los requisitos, contarán con un año más. Turismo calcula que el registro estará operativo en mayo y, por tanto, disponible para su consulta por parte de los turistas en verano.

Sanciones. La normativa contempla sanciones de hasta 18.000 euros en el caso de las graves y de hasta 150.000 euros para las muy graves. La Junta confía en «tener la máxima eficiencia con la plantilla de inspectores que hay actualmente» para detectar infracciones, sin que se contemple un aumento de estos profesionales.

Excepciones. No estarán sujetas a este decreto las viviendas alquiladas durante más de dos meses consecutivos por una misma persona (situación que se contempla en la Ley de Arrendamiento Urbano); las que estén ubicadas en el entorno rural (como las del Rocío); y las que se cedan sin contraprestación económica. Pero, ¿qué sucede con los alquileres de playa por semanas o quincenas? Según la Junta, al no ser una actividad «habitual» quedarían excluidas de este decreto y no estarían obligadas a inscribirse en el registro, pero sí a establecer una «relación legal» mediante la firma de un contrato.

Portales especializados. La Junta se encuentra negociando con portales especializados, como Airbnb, para que estos solo incluyan en su oferta viviendas que estén inscritas en el registro. En caso de que no acepten las condiciones, «se buscarán los recursos legales para alcanzar» el acuerdo, ha señalado el consejero de Turismo, Francisco Javier Fernández. Habrá que cumplir unos requisitos mínimos de ventilación, limpieza, menaje, información…Apartamentos. El Gobierno andaluz también ha aprobado una modificación del decreto que regula la actividad de los apartamentos turísticos, conjuntos formados por tres o más viviendas de un mismo propietario en un mismo inmueble o grupo de inmuebles. Se permitirá que estos conjuntos puedan situarse sobre suelos de uso turístico y terciario. Y se incorporan nuevas figuras, como las casas-cueva.

Reacciones El presidente de la Asociación de Viviendas Turísticas y Vacacionales de Andalucía (Apartsur), Hilario Echevarría, asegura a 20minutos sentirse «muy contento de que por fin haya un marco regulador», después de «tres años luchando para que se tenga en cuenta este tipo de oferta». Consideran que los requisitos exigidos son «razonables y de fácil cumplimiento» y que gracias al decreto el mercado se va a «equilibrar». «Habrá personas que entren y otras que salgan por no cumplir ni siquiera esos mínimos requisitos», señala. El punto con el que no están de acuerdo tiene que ver con la obligatoriedad de darse de alta aquellos conjuntos que estén ubicados en un radio de 1 kilómetro y que pertenezcan a una misma persona o empresa. «Es muy restrictivo y no lo entendemos», asegura. El próximo día 10 tienen una reunión con la Junta, a la que «agradecen» la celeridad y la buena disposición en la elaboración de esta norma. Por su parte, la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA) califican la medida como «necesaria para tratar de aflorar una actividad que se viene ofertando de forma alegal en toda Andalucía, generando una importante competencia desleal».
Fuente: 20minutos.es

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2662749/0/consejo-gobierno-dar-luz-verde-este-martes-al-proyecto-decreto-viviendas-turisticas/#xtor=AD-15&xts=467263

Los jóvenes de entre 20 y 39 años con trabajo son los principales clientes en un mercado en el que sólo el 15% de las casas son para arrendar

Los alquileres ya apenas se abaratan

La demanda de viviendas de alquiler del grupo de población de 20 a 39 años superará el medio millón en los próximos años en España, en un mercado en el que un 15% de las viviendas corresponden ya a un régimen de alquiler.

Estas son algunas de las conclusiones de la XVII jornada anual del Club Inmobiliario Esade Alumni, centrada en el mercado del alquiler residencial en España y Europa y su viabilidad tanto desde el punto de vista de operaciones como de la financiación y de mercado de capitales, y al que han asistido más de 150 especialistas del sector inmobiliario.

El presidente del Club Inmobiliario Esade Alumni, Eduard Mendiluce, ha afirmado que el alquiler residencial es una «apuesta de futuro» y se ha referido a los modelos empresariales que operan en otros países europeos, en los que hay un par de compañías que gestionan parques de 200.000 y 300.000 viviendas.

El también consejero delegado de Anticipe ha asegurado que el alquiler residencial«ha venido para quedarse», porque responde a cambios estructurales, y ha señalado que hoy por hoy no existe un parque de viviendas residenciales en alquiler de calidad que dé respuesta a la demanda.

Por su parte, el catedrático de Economía Aplicada de la Universidad Autónoma de Barcelona, Josep Oliver, ha concretado la procedencia de esa demanda. Según datos del INE, un 42% de los jóvenes de 20 a 39 años viven con sus padres, aproximadamente cinco millones, de los que 2,3 millones tienen empleo. «Dentro de este grupo, podemos predecir una demanda de 500.000 viviendas de alquiler en España en los próximos años», ha apuntado.

Por su lado, el director de Industrias Diversificadas e Inmobiliario para EMEA de JP Morgan, Guillermo Baygual, ha analizado el mercado desde el punto de vista del inversor, que «busca obtener rentabilidad con poca percepción de riesgo».

En el marco europeo se refirió al marco normativo inglés como el que más protege los intereses del propietario y al holandés como el más favorable a los inquilinos. A su vez, el director general de Sogeviso, Pau Pérez de Acha, se ha referido al alquiler social, ya que en Europa la media de alquileres destinado a este fin es del 12%, mientras que en España se sitúa entre el 0,8% y el 2%.

Cambio normativo y cultural

De igual forma, el CEO de Immeo, Thierry Beaudemoulin, ha analizado el mercado de alquiler alemán, con una tasa del 45% de la población que vive en vivienda de propiedad, una de las más bajas de Europa, al tiempo que el director de Asset Management, Luis Sánchez, ha insistido en la necesidad de un cambio normativo para potenciar el mercado de alquiler y de un cambio cultural, para que un plazo de arrendamiento de más de 10 años sea considerado «normal» y permita a los inquilinos considerar que las viviendas alquiladas son «su casa».

Por último, el director de Estrategia y desarrollo de negocio de Acciona Real Estate, Luis Moreno, ha pronosticado igualmente un futuro positivo para el mercado inmobiliario residencial de alquiler.

Éste pasará por la eliminación de los incentivos fiscales por la compra de vivienda; el coste de mantenimiento de una vivienda en propiedad, similar al coste de un alquiler, y la recuperación del mercado de trabajo, que está aumentando la movilidad geográfica y por consiguiente la demanda de flexibilidad en el mercado inmobiliario residencial.

Moreno ha señalado la insuficiencia financiera para la adquisición como otro de los factores claves que influirá en el aumento del porcentaje de alquiler residencial en España a corto plazo. En la actualidad el 15% de las viviendas españolas corresponden a un régimen de alquiler, mientras que en 1970 ese porcentaje llegó al 30% de todo el parque de viviendas disponibles.

 

Fuente: El mundo.es

http://www.elmundo.es/economia/2016/05/18/573ca11d268e3e87358b4586.html

Los alquileres destinados a inversión han crecido un 40% en el último año debido a que la firma de hipotecas de viviendas de bajo coste se han disparado por la facilidad para su concesión y la intención de los propietarios para utilizarlas con fines especulativos, según Alquiler Protegido.

La compañía pone como ejemplo de este auge pisos antiguos de entre 60 y 75 metros cuadrados con tres habitaciones en ciudades medianas y pequeñas que se pueden adquirir a partir de 35.000 euros hasta los 45.000 en zonas estratégicascercanas a universidades.

Con unos gastos mínimos en reformas, que cada vez se conceden más a empresas inmobiliarias con servicios que incluyen gabinete jurídico, se alquilan a jóvenes estudiantes de septiembre a julio por un precio que duplica el pago mensual de la hipoteca. Esto supone «una rentabilidad que no se encuentra en ningún fondo de inversión de renta fija o variable», apunta la firma.

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No obstante, señala que hay otros colectivos a los que el propietario de la vivienda puede alquilar para obtener similares rendimientos en lugar de fijar un precio por habitación. En concreto, indica que en las grandes ciudades ahora es más fácil obtener hipotecas de hasta 100.000 euros en pisos de hasta 75 metros cuadrados.

Divorciados y jubilados

En estos, el perfil del inquilino objetivo cambia, acercándose más a personas divorciadas con necesidades de pisos más pequeños para una persona sin hijos o bien a parejas jóvenes que desean tener una primera vivienda.

Asimismo, el perfil del jubilado también adquiere un especial interés por parte de los propietarios en este tipo de alquiler, ya que disponen de unos ingresos garantizados e indefinidos y necesitan espacios más pequeños y accesibles como pareja o de manera individual. «Muchos de estos últimos venden sus propiedades con el fin de quitarse sus préstamos hipotecarios y vivir una jubilación tranquila en una casa de alquiler», apunta Alquiler Protegido.

La compañía hace especial hincapié en los cambios dentro del mercado de alquiler porque los propietarios buscan la garantía de que todos los problemas que se deriven de los contratos de arrendamiento queden resueltos «con la menor de las preocupaciones».

Por ello, asegura que «se buscan empresas que garanticen el alquiler, su pago, defiendan al propietario de sus derechos frente al inquilino y puedan tener la tranquilidad que se merecen por el hecho de ser propietarios».

 

Fuente: El Mundo.es

 

http://www.elmundo.es/economia/2016/05/05/572b28ac268e3e822f8b4699.html

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) presentará sus conclusiones sobre la retroactividad de las cláusulas suelo el próximo 12 de julio, aunque se trata de una opinión independiente y no vinculante para la posterior sentencia firme, que será publicada a finales de este año 2016.

El TJUE ha celebrado la vista oral sobre los tres asuntos prejudiciales acumulados en relación a la retroactividad de las cláusulas suelo en España. La justicia europea debe dirimir si la devolución de cantidades por la existencia de cláusulas abusivas debe calcularse desde el 9 de mayo de 2013, fecha de la sentencia del Tribunal Supremo (TS), o desde el inicio de cada contrato hipotecario.

En sus alegatos, los abogados de los afectados y los de las entidades financieras implicadas en estos tres asuntos (Cajasur, Banco Popular y BBVA) han expuesto sus argumentos para defender sus posiciones, que principalmente han girado en torno a las implicaciones económicas que tendría decretar la retroactividad sin límite para las devoluciones de las cantidades cobradas por los bancos a sus consumidores.

  En este sentido, la defensa de los afectados ha apuntado que la devolución de la totalidad de estos importes no supondría riesgos sistémicos para la economía española y que, además, podría facilitar el «cumplimiento correcto» de las obligaciones adquiridas por parte de los clientes con las propias entidades financieras.

Así se ha pronunciado Daniel Pineda, abogado de Francisco Gutiérrez en el asunto contra Cajasur. «Entendemos que el riesgo de trastornos graves no debe confundirse con la obligación de devolver una gran cantidad de dinero por el sistema bancario en su conjunto», ha añadido. Este letrado además ha minimizado el potencial perjuicio de las devoluciones para las entidades de crédito al entender que «no se haría de forma inmediata», sino de forma paulatina y durante años, «conforme a las sentencias de los juzgados vayan declarando abusivas las cláusulas suelo».

En la misma línea, el abogado Francisco García Cerrillo, en representación de Emilio Irles y Teresa Torres contra Banco Popular, ha argumentado que «inyectar en multitud de hogares 5.000, 6.000 Ó 7.000 euros conllevaría incentivar el consumo, la posibilidad de ahorro y el cumplimiento correcto de las obligaciones de esos ciudadanos con las propias entidades financieras».

Por contra, el abogado de Cajasur ha expresado que, a la luz de un informe del Banco de España elaborado para este procedimiento que no es público, España habría tenido que ampliar el rescate financiero si el Supremo hubiese obligado a devolver todos los importes cobrados desde el inicio de los contratos hipotecario. «Habría tenido que llevarse a cabo una nueva negociación del Memorando de Entendimiento vigente en 2013 y todo ello con el consiguiente efecto sistémico. Dado el tamaño de la economía española, también tendría efecto sobre la Eurozona», ha asegurado Daniel Sarmiento-Escudero, abogado de la entidad financiera.

De este modo, Sarmiento-Escudero ha recordado que en mayo de 2013 España «estaba sujeto a un programa de asistencia financiera específicamente dirigido al saneamiento de entidades de crédito». «Es evidente que las razones que justifican la limitación están ligadas a la garantía de estabilidad financiera«, ha insistido.

Un argumento similar ha mostrado el abogado del BBVA, Juan Rodríguez Cárcamo, quien ha apuntado que el mismo informe del Banco de España cifra en entre 5.000 millones y 7.600 millones de euros el importe de las devoluciones entre el inicio de los contratos con estas cláusulas y mayo de 2013, por lo que ha advertido de que «las consecuencias de la sentencia que se dicte son inmensas».

El Estado defiende la sentencia del TS

Por su parte, la Abogacía del Estado ha defendido que la sentencia del Supremo que declaró nulas las cláusulas suelo en contratos hipotecarios pero que limitó la devolución de las cantidades en el tiempo es «un importante hito en favor de la máxima protección del consumidor».

En concreto, el abogado del Estado ha recalcado que la sentencia del TS «eleva el nivel de protección estableciendo una exigencia superior a la prevista en la normativa sectorial vigente» sobre transparencia y además añade que «a partir de 2013 hay que asegurar una transparencia sustantiva o material».

Además, ha argumentado que el Supremo, «en aras de asegurar la protección de los consumidores», no estimó la «nulidad absoluta de los contratos», una decisión que «hubiera dejado al consumidor en una situación muy perjudicial».

Contraria a la opinión del Gobierno, la Comisión Europea (CE) ha alertado de que «si se eliminan sólo los efectos hacia el futuro, los profesionales tendrían un inventivo económico claro y evidente para seguir empleando cláusulas abusivas», puesto que «se beneficiarían de ellas mientras un tribunal nacional no declare su abusividad».

Asimismo, los servicios jurídicos del Ejecutivo comunitario apuntan que el derecho de no vinculación «es una obligación clara e inequívoca» para los Estados miembros, que «tienen libertad para elegir el instrumento jurídico concreto siempre y cuando garanticen que la cláusula abusiva no vincula a los consumidores». «De lo contrario, si los Estados pudieran modular libremente el concepto de no vinculación limitando en el tiempo el efecto restitutorio quedarían vinculados parcialmente a las cláusulas abusivas», apostillan.

Fuente: El Mundo.es

 

http://www.elmundo.es/economia/2016/04/26/571f7fd346163fc4728b45ec.html